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La nueva Ley de Protección de Datos y Garantías de Derechos Digitales permite a los partidos rastrear datos personales sin consentimiento para enviar propaganda electoral vía móvil

La nueva ley de protección de datos permitirá a las formaciones trazar perfiles ideológicos de sus potenciales votantes y lanzar publicidad por sistemas electrónicos de mensajería

La nueva ley de protección de datos permitirá a los partidos rastrear datos personales y opiniones políticas en redes sociales sin que los afectados tengan que dar su consentimiento para hacer perfiles ideológicos y personalizar la propaganda en campaña electoral.

Según los juristas, las formaciones políticas podrán hacerlo porque estarán autorizados por ley para ello , de acuerdo a las modificaciones al texto inicial de la nueva normativa en su tramitación parlamentaria.

El proyecto de ley de Protección de Datos y Garantías de Derechos Digitales, modificará la Ley Orgánica del Régimen Electoral General tras haberse incorporado una enmienda que así lo establece en el informe de la ponencia que debatió el texto en su paso por el Congreso.

El nuevo artículo incluido a raíz de una enmienda presentada por el PSOE y respaldada por todos los grupos, abre la puerta a la ejecución de unas prácticas para los partidos que, sin embargo, son ilegales para el resto de colectivos, de acuerdo a la misma ley de Protección de Datos. Además, de acuerdo a las modificaciones incorporadas al texto originario del proyecto de ley, no tendrán consideración de actividad o comunicación comercial ni el envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería ni la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes.

La normativa permitirá a los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales utilizar datos personales obtenidos en webs y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el período electoral.

no tendrán consideración de actividad o comunicación comercial ni el envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería ni la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes

Algunos juristas han advertido del riesgo de “dejar las manos libres a unas organizaciones con los máximos incentivos para utilizar cuantos medios tengan a su alcance para conseguir su objetivo: ganar elecciones y conseguir poder”. Paradójicamente, según los expertos, la supuesta motivación de la enmienda era evitar nuevos casos de usos ilícitos de información personal para fines electorales como ocurrió con el escándalo de la consultora Cambridge Analytica, vinculada a la campaña que dio la victoria en EE UU a Donald Trump tras tener acceso, analizar y diseñar algoritmos basados en datos personales de usuarios de Facebook sin su consentimiento.

Sin embargo, el panorama que se abre ahora con esta nueva ley en lo relativo al posible uso indiscriminado de datos personales para fines electorales “es mucho peor” que el planteado por Cambridge Analytica, advierten. La ley autorizará que los partidos políticos puedan utilizar datos personales sobre opiniones políticas de las personas en beneficio propio con fines electorales amparándose en un s upuesto interés público y únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas, pero no se precisa nada respecto a esto último.

En el marco de su trámite parlamentario, este proyecto de ley de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales fue aprobado por unanimidad la semana pasada por la comisión de Justicia del Senado, tras el rechazo a una treintena de enmiendas que se mantienen vivas, en su mayoría de perfil técnico.

La esencia de esta ley es adaptar el ordenamiento español al nuevo reglamento europeo de protección de datos (RGPD) que entró en vigor el pasado 25 de mayo y que cambia las reglas de juego de las empresas al exigirles consentimiento expreso del afectado para poder usar sus datos para finalidades distintas a las iniciales para los que fueron recabados. El objetivo es garantizar una mayor protección de la intimidad en el actual entorno digital en donde la privacidad personal resulta mucho más vulnerable y expuesta al público.

Entre otros aspectos, la iniciativa regula nuevas obligaciones sobre tratamiento de datos personales en procedimientos transfronterizos y establece garantías para la investigación biomédica más allá de la protección personal. Además, mantiene en 14 años la edad mínima de consentimiento de los menores en España para el uso de sus datos personales por parte de terceros e incorpora una carta de derechos digitales en donde se incluyen, entre otros, la desconexión virtual laboral o el testamento digital.

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