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La Agencia de Protección de Datos recuerda a los profesores que no pueden negarse a las clases online

La directora de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Mar España, aseguró que hay casos de profesores que han tratado de negarse a dar clases online amparándose en sus derechos de imagen, algo a lo que, según la institución pública, no pueden acogerse.

“Nos hemos enterado de casos de profesores que se negaban a dar clase por protección de datos para no dar su imagen y no continuar la enseñanza de forma online; en este caso, su contrato es el que rige y no solo pueden, sino que deben permitir que sus alumnos sigan formándose“.

La directora de la agencia de protección de datos desgranó algunas de las actuaciones de su entidad durante la pandemia. La AEPD ha dejado claro que la enseñanza telemática “está legitimada” por “una misión de interés público, que es la función educativa y que está amparada en una norma de rango legal, la Ley Orgánica de Educación, al igual que si se tratase de educación presencial”. Por tanto, “la obligación de asistir a una clase virtual sería la misma que la de asistir a clase presencial”.

Otra de las cuestiones que preocupa a la agencia de protección de datos es el ciberbullying, ya que, como dijo España, el acoso escolar se ha trasladado desde los colegios a Internet con la enseñanza semipresencial.

“En los centros educativos se están reduciendo las ratio por clase y, por tanto, han disminuido los problemas de violencia física en los centros y apenas hay expedientes disciplinarios, pero se está disparando la violencia digital; se está trasladando la violencia escolar al online”, alertó. “Y es que tenemos datos de informes que nos deben llevar a la reflexión. El 60% de los jóvenes entre 15 y 24 han sufrido violencia digital. Afecta sobre todo a las mujeres, pero también hay por razones homófobas u otros tipos de acoso”, añadió.

Entre otras actuaciones, la Agencia de Protección de Datos ha intervenido durante la pandemia para aclarar los límites legales de, por ejemplo, las actuaciones policiales para hacer seguimiento de personas infectadas con coronavirus.

“Por supuesto, había legitimación para tratar los datos (de pacientes) incluso sin el consentimiento de los afectados por un interés público tan esencial como proteger y garantizar la salud de todos los ciudadanos. Hicimos informes habilitando esa legitimación”, informó Mar España.

De esta manera, se permitió que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tuvieran acceso a información sanitaria de algunos infectados.

En definitiva, este año envuelto por la pandemia tiene sus peculiaridades, que responden al contexto y nuevas necesidades de los consumidores. 

Por lo que desde  TalentoProtec, división especializada en protección de datos de Talento Consulting, trabajamos para cumplir con la normativa vigente en protección de datos para empresas y autónomos y proteger de esta forma tanto a usuarios como a responsables de tratamiento de datos de posibles sanciones.

 Para más información sobre la adaptación a la RGPD no dudes en consultarnos o mandarnos email protecciondedatos@talentoprotec.com

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