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La Agencia de Protección de Datos multa a la RTVE por perder información de sus trabajadores

Multa de sesenta mil euros por una infracción del artículo 32 del Reglamento General de Protección de Datos

La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con una multa de 60.000 euros a RTVE por haber ‘perdido’, dentro de sus instalaciones de Prado del Rey, 6 pendrives que contenían datos de 11.000 trabajadores, actuales  y antiguos.

Según explica la resolución del procedimiento sancionador de la AEPD, y recoge Vertele,  se considera probado que en esos dispositivos se encontraban datos de unas once mil personas, del siguiente tipo:

*Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI, matrícula de RTVE, teléfono, dirección (postal y electrónica).

*Circunstancias personales: fecha de nacimiento, sexo, estado civil.

*Detalles del empleo: puesto de trabajo, categoría, nivel salarial, localidad de trabajo, fechas de jubilación.

*Categorías especiales de datos: Afiliación a CCOO, salud (resoluciones médicas, resoluciones de la Seguridad Social sobre incapacidades), infracciones penales o condenas (sentencias completas con datos personales y posiblemente alguna notificación de embargo).

La desaparición de estos dispositivos se produjo en torno al 12 de noviembre de 2018, cuando se encontraban en una bolsita monedero en la Oficina de atención al Participe del Plan de Pensiones en Prado del Rey. La brecha de seguridad se declaró formalmente el 25 de enero de 2019, y el 14 de marzo de 2019 un reclamante perteneciente a la Unión Sindical Obrera de RTVE interpuso reclamación contra la Corporación.

Por su parte RTVE ha solicitado el archivo del procedimiento sancionador alegando que la brecha de seguridad se produjo en la oficina de Atención al Partícipe del Plan de pensiones, y no en la sede de Comisiones Obreras, y que los pendrives son propiedad de un delegado de sección sindical de CCOO, que formaba parte, como miembro, de la Comisión de Control del Plan de pensiones y que, como tal, tenía acceso a dicha oficina, para ello aporta una serie de documentos, respecto de los cuales se solicita que se tengan recibidos como prueba.

En resumen, la Corporación pública afirmó que la brecha de seguridad no es consecuencia de una actitud negligente por parte de RTVE.

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Sin embargo y a pesar de la argumentación de RTVE, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto imponer a RTVE una multa de sesenta mil euros por una infracción del artículo 32 del Reglamento General de Protección de Datos, tipificada en el artículo 83.4.

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